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Cumplimiento legal · Colombia

Guía del SIRE: cómo reportar huéspedes extranjeros a Migración Colombia

Si hospedas extranjeros en Colombia — en un hotel, un hostal o un apartamento de Airbnb — estás obligado a reportar cada ingreso y cada salida a Migración Colombia a través del SIRE. Es la obligación con las multas más altas del sector: hasta 2.631,30 UVT (unos $137,8 millones de pesos en 2026). Esta guía explica quién debe reportar, con qué base legal, cómo registrarse y cómo hacer cada reporte.

Actualizado: 16 de julio de 20269 min de lectura

¿Qué es el SIRE?

El Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros (SIRE) es la plataforma de Migración Colombia en la que las personas y empresas que tienen vínculos con extranjeros — empleo, estudio, arriendo y, en nuestro caso, alojamiento — reportan esos vínculos a la autoridad migratoria.

Para un anfitrión, el SIRE significa una cosa concreta: cada huésped extranjero que recibes debe ser reportado dos veces — cuando llega (ingreso) y cuando se va (salida). No es una encuesta de turismo: es control migratorio, y por eso su régimen sancionatorio es el más duro que enfrenta un alojamiento.

  • Decreto 1067 de 2015 — el Decreto Único Reglamentario del Sector de Relaciones Exteriores: establece la obligación de reportar a Migración Colombia a los extranjeros con quienes existe un vínculo o prestación de servicios, incluido el alojamiento.
  • Resolución 2357 de 2020 (Migración Colombia) — reglamenta el procedimiento: quién reporta, qué se reporta (el ingreso Y la salida de cada extranjero), por qué medios, y la excepción para establecimientos sin internet.
  • Resolución 3770 de 2021 — define el régimen sancionatorio: multas de 105,25 a 2.631,30 UVT por incumplir las obligaciones de reporte.
La base legal en una línea

El Decreto 1067 de 2015 obliga a quien aloje extranjeros a reportarlos a Migración Colombia; la Resolución 2357 de 2020 dice cómo (por el SIRE, ingreso y salida); y la Resolución 3770 de 2021 dice cuánto cuesta no hacerlo.

¿Quién está obligado a reportar?

Cualquier persona natural o jurídica que preste servicios de alojamiento a extranjeros:

  • Hoteles, hostales y apartahoteles
  • Viviendas turísticas — incluidos apartamentos y casas en Airbnb o Booking.com
  • Fincas, glamping y alojamientos rurales
  • En general, quien hospede extranjeros de forma onerosa, así sea una sola unidad
Solo extranjeros — los colombianos van en la TRA

El SIRE cubre únicamente huéspedes de nacionalidad extranjera. Tus huéspedes colombianos no se reportan aquí — pero todos tus huéspedes (colombianos y extranjeros) van en la TRA del MinCIT, que es una obligación distinta y simultánea. Lee la guía completa de la TRA.

Cómo registrarte en el SIRE (una sola vez)

Antes de poder reportar necesitas una cuenta de "persona que reporta". El registro es gratuito y se hace una única vez:

  1. Entra al aplicativo SIRE desde el portal de Migración Colombia.
  2. Selecciona "Registro de Persona que Reporta" (persona natural o jurídica, según cómo operes tu alojamiento).
  3. Diligencia el formulario con tus datos y los de tu establecimiento, y adjunta los documentos que pida el sistema.
  4. Envía la solicitud. Migración Colombia responde por correo en un máximo de 3 días hábiles, aceptando o rechazando la inscripción.

Cómo reportar: cada ingreso y cada salida

Con la cuenta activa, el reporte se hace en línea por dos vías — elige la que se ajuste a tu volumen:

  • Formulario en línea — huésped por huésped: tipo de movimiento (Entrada o Salida), fecha, tipo y número de documento, nombres, nacionalidad y fecha de nacimiento.
  • Carga de archivo plano (TXT) — un archivo con varios movimientos a la vez, en el formato exacto que define Migración Colombia. Es la vía natural cuando un software genera el archivo por ti.
Son DOS reportes por huésped, no uno

El error más frecuente: reportar el check-in y olvidar el check-out. La Resolución 2357 de 2020 exige reportar el ingreso Y la salida de cada huésped extranjero. Hazlo de forma inmediata y oportuna — el estándar operativo del sector es dentro de las 24 horas siguientes a cada movimiento; verifica el plazo vigente en el portal de Migración Colombia.

¿Y si mi propiedad no tiene internet?

La Resolución 2357 (art. 5) prevé la excepción: solicitas un libro físico de registro en el Centro Facilitador de Servicios Migratorios más cercano y entregas la información en un plazo no superior a 30 días calendario, para que la regional la cargue al SIRE. Si tienes internet, esta vía no te aplica.

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Tu huésped extranjero hace el check-in digital desde su celular — pasaporte, nacionalidad y fechas quedan capturados sin digitación. lulocloud genera el archivo SIRE en el formato exacto de Migración Colombia, con los movimientos de entrada y salida de cada extranjero, listo para cargar. Y la TRA del MinCIT la presenta con un clic, con confirmación oficial.

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Las sanciones: las más altas del sector

La Resolución 3770 de 2021 fija el régimen sancionatorio por incumplir el reporte — no reportar, reportar tarde o reportar mal:

  • Multas desde 105,25 UVT — unos $5,5 millones de pesos con la UVT de 2026 ($52.374).
  • Hasta 2.631,30 UVT — cerca de $137,8 millones de pesos.
  • Aplican tanto a personas naturales como jurídicas — alquilar "como persona natural" no te protege.
Ponlo en perspectiva

La multa mínima del SIRE (~$5,5 millones) supera lo que muchos anfitriones facturan en un mes por una unidad. La máxima (~$137,8 millones) puede acabar el negocio. Reportar toma minutos y es gratis — es, por margen enorme, el riesgo menos rentable de asumir en la operación de un alojamiento.

SIRE y TRA: dos obligaciones distintas

Cumplir el SIRE no te exime de la TRA, ni al revés. Son entidades, sistemas y sanciones independientes:

SIRETRA
EntidadMigración ColombiaMinCIT (turismo)
A quién se reportaSolo huéspedes EXTRANJEROSTODOS los huéspedes
CuándoCada ingreso Y cada salidaCada registro de huésped
Base legalDecreto 1067 de 2015 + Res. 2357 de 2020Ley 2068 de 2020, art. 22
Sanción105,25 a 2.631,30 UVT (~$5,5M a $137,8M)Hasta 20 SMLMV + suspensión del RNT

Regla mental: huésped extranjero → SIRE (entrada y salida) + TRA. Huésped colombiano → solo TRA. La guía completa de la TRA está aquí.

Preguntas frecuentes

¿Debo reportar a huéspedes colombianos en el SIRE?

No. El SIRE es exclusivamente para extranjeros. Los huéspedes colombianos se registran en la TRA del MinCIT — todos tus huéspedes van allá, sin importar la nacionalidad.

¿Basta con reportar la entrada?

No. La Resolución 2357 de 2020 exige reportar el ingreso Y la salida de cada huésped extranjero. Son dos movimientos por estadía.

¿Cuánto cuesta usar el SIRE?

Nada — tanto la inscripción como los reportes son gratuitos. Las multas por no reportar, en cambio, van de 105,25 a 2.631,30 UVT (entre ~$5,5 y ~$137,8 millones de pesos en 2026).

¿Aplica si alquilo un solo apartamento por Airbnb?

Sí. La obligación cubre a cualquier persona natural o jurídica que aloje extranjeros de forma onerosa, incluida una vivienda turística de una sola unidad.

¿Qué pasa si mi propiedad no tiene internet?

La Resolución 2357 (art. 5) permite llevar un libro físico solicitado a Migración Colombia y entregar la información en máximo 30 días calendario para que la regional la cargue al SIRE.

¿En qué plazo debo reportar cada movimiento?

El reporte debe ser oportuno: el estándar operativo del sector es dentro de las 24 horas siguientes al ingreso o a la salida. Verifica el plazo vigente publicado por Migración Colombia.

Esta guía es material informativo para anfitriones y no constituye asesoría legal. Las normas y los valores (UVT, plazos) cambian: verifica siempre la versión vigente en las fuentes oficiales citadas.